Ciudad De México, 25 de marzo de 2026.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la reforma que reserva la exploración y explotación del litio exclusivamente al Estado mexicano, al resolver la acción de inconstitucionalidad 78/2022 promovida por una minoría de senadores de oposición.
La resolución, emitida el 24 de marzo de 2026, avaló los artículos 1, 5 bis y 10 de la Ley Minera reformada en 2022, que establecen el control estatal sobre este recurso estratégico. La ministra Sara Irene Herrerías Guerra fungió como ponente del caso ante el alto tribunal.
En su análisis, la Corte concluyó que no se requería consulta previa a pueblos indígenas y afroamexicanos para esta reforma, por tratarse de una norma general sin impacto directo inmediato sobre estas comunidades. Esta determinación forma parte de los considerantes de la sentencia emitida por el pleno.
La acción de inconstitucionalidad fue impulsada por legisladores de oposición que cuestionaron la constitucionalidad de la reforma energética y minera aprobada durante la administración anterior. El litigio llegó al máximo tribunal para determinar si los cambios legislativos violaban derechos fundamentales o competencias constitucionales.
Con esta resolución, el Estado mexicano mantiene la facultad exclusiva para explorar y explotar el litio, un mineral considerado estratégico para la transición energética y la fabricación de baterías. La decisión judicial pone fin al debate legal sobre la constitucionalidad de esta disposición.
El fallo de la SCJN se suma a las resoluciones sobre reformas estructurales en el sector energético y minero que han sido sometidas al escrutinio del alto tribunal en años recientes. La sentencia queda firmada y surte efectos a partir de su notificación a las partes involucradas.