Ciudad De México, 13 de junio de 2026.- La Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México obtuvo una sentencia condenatoria de 37 años y seis meses de prisión contra Rafael ‘N’ por el delito de desaparición cometida por particulares agravada. La resolución, emitida el 5 de junio de 2026, incluye la orden de pagar una indemnización por la muerte de la víctima, así como los gastos funerarios y la reparación del daño moral a favor de sus familiares.
De acuerdo con los hechos establecidos, la víctima desapareció después de llegar al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México el 10 de marzo de 2020 con el propósito de encontrarse con el ahora sentenciado. Rafael ‘N’ fue identificado a partir de un depósito bancario realizado por la mujer a una cuenta a su nombre y reconoció haber acudido al aeropuerto para recogerla el día de su llegada.
La mujer fue localizada sin vida 16 días después de su desaparición en el municipio de Tejupilco, Estado de México. Agentes de la Policía de Investigación ubicaron al acusado en el municipio de Chimalhuacán, también en el Estado de México, y procedieron a su detención el 17 de diciembre de 2021. Tres días después de su captura, Rafael ‘N’ fue vinculado a proceso.
Por otro lado, la Fiscalía General del Estado de Puebla obtuvo una sentencia condenatoria de 11 años y cuatro meses de prisión contra Luis Rey N. por el delito contra los animales mediante actos de crueldad. Durante la audiencia de individualización de sanciones celebrada el 11 de junio de 2026, la autoridad judicial determinó imponer dicha pena por los hechos ocurridos el 12 de febrero de 2025 en el municipio de Santiago Miahuatlán, Puebla.
El caso involucró al perro ‘Huesitos’, quien fue agredido por Luis Rey N. con una piedra de grandes dimensiones, lo que le causó múltiples lesiones que pusieron en riesgo su vida. El incidente generó una amplia movilización de organizaciones defensoras de animales y de usuarios de redes sociales.
Además de la pena privativa de libertad, el juez ordenó el pago de una multa equivalente a 710 Unidades de Medida y Actualización (UMA). La resolución contempla la suspensión de derechos civiles y políticos del sentenciado, niega cualquier beneficio relacionado con la conmutación de la pena y establece que deberá recibir atención psicológica durante el tiempo que permanezca en el centro penitenciario. La reparación del daño será definida durante la etapa de ejecución de la sentencia.