Ciudad De México, 24 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió acciones de inconstitucionalidad presentadas contra reformas legislativas en los estados de Durango y Nayarit, invalidando disposiciones que establecían sesiones privadas como regla general para los tribunales locales y mecanismos de evaluación judicial contrarios al modelo federal. La decisión fue tomada durante la sesión del Pleno celebrada el 23 de marzo de 2026, con la participación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Poder Ejecutivo Federal como actores en los litigios constitucionales.
En el caso de Durango, la Corte determinó que es inconstitucional la norma que establecía el carácter privado como regla general para las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia del estado. Esta disposición fue impugnada por contravenir los principios de publicidad y transparencia que deben regir la función jurisdiccional. Además de la cuestión sobre las sesiones, las fuentes indican que también se discutieron artículos relacionados con la duración de los mandatos de los magistrados, aunque los detalles específicos de estas otras invalidaciones no fueron completamente especificados en los reportes disponibles.
Respecto a Nayarit, el máximo tribunal declaró inválido el mecanismo de evaluación de candidaturas a través de un Comité Estatal de Evaluación Único. La SCJN consideró que este sistema contravenía el modelo federal de justicia, al centralizar funciones que deben corresponder a los órganos constitucionales autónomos establecidos en la Constitución general. La resolución también reconoció una omisión legislativa por parte del Congreso de Nayarit, al no incorporar en sus reformas los principios de insaculación y paridad de género en la designación de funcionarios judiciales.
Las acciones de inconstitucionalidad fueron acumuladas y debatidas en el Pleno de la Corte, donde se analizó la conformidad de las leyes locales con el pacto federal. Aunque se confirmó la celebración de la sesión y la participación de los involucrados, la información disponible no detalla el resultado numérico exacto de la votación ni la hora precisa en que se dio lectura a la sentencia. Tampoco se especifica si el criterio establecido sobre la publicidad de las sesiones tendrá una aplicación automática para todos los estados o si se limita a los efectos de esta resolución particular contra Durango.
Esta resolución refuerza la jurisprudencia sobre la autonomía de los poderes judiciales locales y su subordinación a los principios constitucionales federales. La invalidación de estas normativas estatales obliga a los congresos de Durango y Nayarit a ajustar sus marcos legales para garantizar la transparencia en las sesiones de sus tribunales y alinear sus procesos de evaluación y designación de magistrados con el sistema nacional de justicia.