Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este martes que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) debe prevalecer como método para cuantificar las indemnizaciones civiles por muerte o incapacidad, desplazando al salario mínimo como base de cálculo. La decisión se tomó durante la sesión del pleno, donde se analizó la contradicción de criterios 59/2025, la cual había sido pospuesta en tres ocasiones anteriores.
La resolución se aprobó por seis votos contra tres. A favor del proyecto presentado por la ministra Lenia Batres votaron Hugo Aguilar, Sara Herrerías, Estela Ríos, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero, además de la propia ponente. En contra de que existiera una contradicción de criterios y, por ende, en oposición a fijar la UMA como criterio único, votaron las ministras Loretta Ortiz y Yasmin Esquivel, así como el ministro Irving Espinosa.
La ministra Batres planteó que la extinta Segunda Sala asumió como base para calcular la indemnización la UMA, mientras que la Primera Sala sostuvo que debía utilizarse el salario mínimo. Al defender su proyecto, la ministra afirmó que “la cuantificación de la indemnización con base en la UMA no implica un menoscabo o retroceso en el derecho a la justa indemnización”, agregando que se atiende a la naturaleza civil del asunto, cuyo fin es “reparar un daño patrimonial y no una cuestión de carácter laboral”. Batres calificó la determinación como un “mandato constitucional”.
Por su parte, la ministra María Estela Ríos manifestó su apoyo a la contradicción de criterios al señalar que subyace una misma cuestión jurídica: la determinación del parámetro válido para cuantificar la indemnización por muerte conforme al artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal. En contraste, la ministra Loretta Ortiz declaró no compartir el apartado de existencia, al considerar que el aparente punto de choque deriva de diferencias normativas analizadas por cada Sala. Las ministras Yasmín Esquivel e Irving Espinosa también se pronunciaron por la inexistencia de la contradicción, argumentando que los preceptos correspondían a elementos diversos para efectuar el cálculo.
Esta decisión tendrá implicaciones inmediatas en los montos de las reparaciones. De acuerdo con la información disponible, bajo el criterio de salarios mínimos el monto de pago por indemnización por muerte podía superar los 1.5 millones de pesos; con la nueva determinación basada en la UMA, el pago no podrá rebasar los 585 mil pesos. Cabe recordar que en noviembre pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum cuestionó el proyecto, señalando que los ministros no legislan, sino que generan jurisprudencia.